El RD 1106/2020, establece un mecanismo de compensación a los consumidores electrointensivos de los cargos por la financiación de la retribución específica a la producción de energía eléctrica mediante fuentes de energía renovables, el uso de la cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional que suponga en los territorios no peninsulares

Objeto de las subvenciones

Compensar la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares reguladas en el Estatuto de los consumidores electrointensivos, RD 1106/2020.

Beneficiarios.

Podrán acogerse a las ayudas las empresas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser titulares de un punto de suministro o instalación
  • Estar constituidas válidamente y estar en posesión de la certificación de consumidor electrointensivo.
  • Realizar en cada una de las instalaciones o puntos de suministro para los que solicite la subvención una o varias actividades susceptibles de ser beneficadas en este RD.
  • Acreditar los cargos soportados en los precios de la electricidad en el año anterior .

Obligaciones de los beneficiarios.

Disponer antes del 16 de diciembre de 2022, de un Sistema de Gestión de la Energía auditado y certificado según la norma UNE-EN ISO 50001:2018

De las auditorías energéticas realizadas según RD 56/2016 deberán implantarse, las actuaciones para la mejora del desempeño energético que puedan ser consideradas como rentables económicamente. Se entenderán como actuaciones rentables aquellas cuyo periodo de recuperación simple sean inferiores a tres años.

Cada año, durante al menos los tres años siguientes a la recepción de la ayuda, deberán remitir un informe detallado sobre las medidas implantadas, el detalle de los consumos de electricidad y de los distintos tipos de combustibles, así como la producción relevante y las ratios de consumo eléctrico y térmico por unidad de producto.

Igualmente, informará de las medidas implantadas, de los ahorros de energía final logrados y los proyectos de I+D+i directamente relacionados con la mejora de la eficiencia energética

Acreditar la contratación de, al menos, un 10 por ciento de su consumo anual de electricidad de origen renovable.

Cumplir con las obligaciones del RD de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España y con las demás obligaciones de los consumidores electrointensivos

 Características de las ayudas.

Las ayudas se concederán en forma de subvención y por el procedimiento de concurrencia entre todos los solicitantes

La cuantía máxima de la ayuda a percibir será un 85 % de la parte correspondiente a la financiación, prorrateándose entre los beneficiarios y no pudiéndose exceder de la ayuda máxima.

Plazo de presentación de solicitudes.

Comenzará el 9 de junio y finalizará el 20 de julio de 2021

 

Solicita más información en electrointensivo@sinceo2.com o en el 913456073