La huella de carbono de producto cuantifica la cantidad total de gases de efecto invernadero emitidos a la atmósfera en todo el ciclo de vida de un producto. Los gases de efecto invernadero (GEI) son el dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PCF), hexafluoruro de azufre (SF6) y trifluoruro de nitrógeno (NF3).

El ciclo de vida de un producto abarca todas aquellas etapas implicadas en la existencia del producto. Estas etapas comienzan con la extracción de materias primas, pasan por la fabricación, distribución y uso del producto y termina con su fin de vida útil.

A la hora del cálculo de la huella de carbono del producto es importante tener bien definida la unidad funcional. Se entiende por unidad funcional a la cantidad representativa de un producto utilizada para referenciar los cálculos. Además debe representar la cantidad que normalmente es adquirida por el consumidor.

Otro paso fundamental para el cálculo de la Huella de Carbono de un producto es realizar una buena definición de los límites del cálculo y de la metodología empleada. Generalmente existen dos alcances sobre los cuales delimitar el cálculo de la huella de carbono: bien incluyendo la totalidad de las emisiones asociadas al ciclo de vida del producto o bien centrándose en las emisiones comprendidas es los procesos que tiene lugar en la organización.

¿Qué es la Ecoetiqueta?

La ecoetiqueta es un sistema de marcado de productos mediante etiquetas de manera que aporta información ambiental de manera rápida y visual para los clientes. La etiqueta ecológica complementa la información proporcionada a los consumidores y tiene carácter voluntario. Se utiliza como indicador para los consumidores sobre los productos con un mejor comportamiento ambiental en comparación con otros productos que no tienen ecoetiqueta. Dentro de este tipo de etiquetas nos podemos encontrar  la de la huella de carbono del producto el cual empuja a diferentes empresas a reducir sus emisiones.

De acuerdo con las normas ISO, se definen tres sistemas de ecoetiquetado, y se clasifican en:

  • Etiqueta ecológica tipo I (norma ISO 14024)
  • etiqueta ecológica tipo II o autodeclaraciones ambientales (norma ISO 14021)
  • etiqueta ecológica tipo III o declaraciones ambientales de producto (norma ISO 14025).

Las ecoetiquetas de tipo I y III requieren de una verificación y certificación de tercera parte por lo tienen mayor fiabilidad y credibilidad. Las ecoetiquetas de tipo II realizan la certificación la propia empresa  de manera que su nivel de confianza es menor.

EPD o Declaración Ambiental de productos

Las Environmental Product Declarations (EPD) o Declaraciones ambientales de producto (DAP) son las ecoetiquetas de tipo III. Las declaraciones ambientales de producto son documentos extensos con especificaciones sobre los impactos ambientales causados por un producto a lo largo del ciclo de vida. Las DAPs no pretenden destacar el producto como ambientalmente mejor que otros como es el caso de las ecoetiquetas de tipo I (Ej: Ecolabel), si no comunicar de manera muy transparente los impactos causados por el producto.

Proporcionan información ambiental fiable y transparente que permite comparar productos y escoger el más respetuoso con el medio ambiente. Además las ecoetiquetas de tipo 3 requieren una verificación por parte de una entidad externa acreditada lo que asegura que la información contenida en este documento es verídica.

La información contenida en las DAP es compleja y larga por lo que esta información no suele ser utilizada por los clientes, sino entre empresas para la toma de decisiones.

Como hemos mencionado antes, las DAPs son comparables. Para que esto sea posible, deben tener el mismo alcance, normas de cálculo y formato. Toda esta información viene definida en las reglas de categoría de producto (RCP), las cuales existen para cada grupo de productos similares, que puedan satisfacer necesidades equivalentes (Ej: Productos higiénicos absorbentes).

En las RCP, conocidas también por sus siglas en inglés, Product Category Rule (PCR), se ven recogidos los datos necesarios que deben contener los estudios de análisis de ciclo de vida, la metodología de cálculo de impactos ambientales a utilizar, los límites del sistema del estudio de ACV, la unidad funcional del estudio y la información ambiental necesaria a incluir en la Declaración ambiental de producto.

 

Belén Blanco Benedicto

Dpto. de Sostenibilidad de SinCeO2 Consultoría Energética