El próximo 3 de febrero se abre el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas correspondientes al Plan PAREER II. Este Plan es gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía y persigue incentivar la mejora de la eficiencia energética en el sector edificios

Las actuaciones que son incentivadas en el programa PAREER II son:

  • Tipología 1: Mejoras energéticas de las envolventes de los edificios.
  • Tipología 2: Mejoras de las instalaciones térmicas y de iluminación mediante el cambio de equipos por otros de mayor eficiencia.
  • Tipología 3: Cambio de equipos alimentados por energías convencionales por otros que usen como combustible la biomasa.
  • Tipología 4: Utilización de la energía geotérmica para sustituir las instalaciones térmicas convencionales.

Para poder acceder a estas ayudas, las actuaciones que se lleven a cabo deben conseguir un ahorro energético que consiga mejorar la calificación energética del edificio en una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto al punto de partida, que es la situación actual del edificio sobre el que se va a llevar a cabo la actuación. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias de estas.

Los beneficiarios que pueden acceder a estas ayudasPARRER II_ayudas

  • Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, siempre que tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
  • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
  • Las empresas de servicios energéticos.

La cuantía de las ayudas dependerá de la tipología de actuación que se vaya a acometer, pudiendo variar el tramo no reembolsable que se aplica a cada actuación:

  • Tipología 1: Tramo no reembolsable 30%, tramo reembolsable 60%.
  • Tipología 2: Tramo no reembolsable 20%, tramo reembolsable 70%.
  • Tipología 3: Tramo no reembolsable 30%, tramo reembolsable 60%.
  • Tipología 4: Tramo no reembolsable 30%, tramo reembolsable 60%.

 

Las condiciones aplicables al tramo reembolsable son las siguientes:

  • Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.
  • Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).
  • Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del  Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.

Desde SinCeO2 tenemos amplia experiencia en la realización de actuaciones de ahorro y eficiencia energética, así como en la gestión de las ayudas para acometer esta actuación.

Si quiere más información no dude en contactar con nosotros a través de cualquiera de estos medios:

Persona de contacto: Andrés Martín

E-mail: amartin@sinceo2.com

Tfn: 913456073